¿ Hay que pagar algo a la administración judicial por iniciar el proceso monitorio?
Respuesta Los abogados de Cobrox: En caso de que se presente la petición inicial del proceso monitorio en principio no hay que pagar ninguna tasa por la actividad judicial, pero en el caso de que se oponga el deudor y se inicie el procedimiento judicial monitorio verbal, se deberá pagar una tasa por el acreedor de 150 euros, impuesta por la ley de medidas fiscales por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo.
Los abogados de Cobrox. Consúltenos en info@cobrox.com y 900 878 946