¿Es necesario fundamentar la oposición al monitorio?
- Respuesta Los abogados de Cobrox: Cuando un deudor recibe la petición inicial del monitorio, se le puede exigir desde el Juzgado que argumente las razones concretas y determinadas de su oposición, sin que sea admisible una oposición en vago y abstracto, es decir, el que se oponga al monitorio debe dar razones por las que se oponga y no limitarse a decir que se opone por los motivos que más tarde expondrá en en el juicio declarativo correspondiente, zanjando el proceso monitorio.